Licencias mineras a empresas públicas y privadas son
entregadas por el Gobierno Estadal
GUANARE/
PRENSA GOBIERNO
DE PORTUGUESA / MARÍA DEL VALLE CARRERA
Portuguesa
es referencia en la
regulación de los minerales
no metálicos
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Según la
potestad de la Secretaría del Poder Popular para el Desarrollo Económico
establecida en la Ley de Minerales no Metálicos del Estado Portuguesa, se
otorga licencias mineras a empresas privadas y públicas para ejecutar la
actividad de extracción de los materiales no metálicos de los ríos del estado.
Roger
Limonche, secretario de Desarrollo Económico, expresó que durante el mes de abril
se le renovó licencias mineras a dos
grandes empresas que hacen vida en el estado Portuguesa, todo ello basado en el
artículo 16 de la ley.
Las licencias renovadas fueron otorgadas a la empresa Asociación Cooperativa
de Transporte Volqueteros del estado Portuguesa (Volqueport, RL), que es una
cooperativa representada
por el ciudadano Gonzalo Ruiz Santana, en
su carácter de presidente del Consejo de
Administración de Volqueport, RL, conformado
por 23
voqueteros que realizan la extraccion de minerales no metalicos (granzon
bruto) y es comercializado a precio establecido en Gaceta Oficial.
Ademas, fue otorgada licencia minera a una empresa pública
denominada Empresa Socialista de Servicios Públicos del Municipio Esteller, SA (Esmesa),
creada con capital del estado y adscrita a la Alcaldía del municipio
Esteller.
Limonche
resaltó que es importante hacer del conocimiento de aquellas personas
interesadas en realizar actividades de extracción en Portuguesa, que deben dirigirse a la Secretaría del Poder
Popular para el Desarrollo Económico, con la finalidad de ser asesoradas para
la obtención de la licencia minera, ya que es el acto que habilita a la persona
para realizar la extracción”.
Aclaró
que, de llevarse a cabo la extracción sin estar habilitado por el órgano o ente
competente, la persona será sancionada
con multa entre dos mil (2000) y cinco mil (5000) unidades tributarias, además
del comiso de los minerales y la inhabilitación para el ejercicio de la actividad
hasta por un año. Los bienes muebles,
equipos, maquinarias y vehículos, con los que se cometió la infracción quedarán
retenidos hasta tanto el infractor proceda a pagar la multa que se le imponga, todo ello basado en la ley.
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