lunes, 27 de abril de 2015



Actividades de canalización y limpieza se inició en el Río Guanare

GUANARE/
PRENSA GOBIERNO DE PORTUGUESA / MARÍA DEL VALLE CARRERA

Equipo de Gobierno revolucionarios y 
técnicos en áreas del Río Guanare
Gobierno Estadal inició con las actividades de canalización en el puente de la Coromoto que sobrepasa el Río Guanare por la troncal 0005, como parte de las labores de limpieza y mantenimiento para evitar la socavación de las márgenes del río, con posibles desbordamientos debido a la alta acumulación de sedimentos.

Cabe destacar que para esas labores fueron activadas las empresas del estado como son Esinsep, S.A, Esomep S.A, anudando a las instituciones como la Dirección de Minas, el Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Publicas, siguiendo los lineamientos del gobernador Wilmar Castro Soteldo.

Así lo informó, el secretario de Desarrollo Económico, Roger Limonche expresó que el objetivo es garantizar que las labores, bajo el margen de la Ley tomando en cuenta que los ríos, su agua corriente, su lecho y su cauce, así como los yacimientos mineros de minerales no metálicos presentes en su curso, son bienes del dominio público, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (artículos 12 y 304), Código Civil (artículo 539), Ley de Aguas (artículos 2, 5, numeral 10º y 6º), Constitución del estado Portuguesa (artículo 130) y Ley de Minerales no Metálicos del estado Portuguesa (artículo 4).
  
La potestad pública para consagrar el régimen, ejercer el control y llevar a cabo las actividades de aprovechamiento minero en el estado Portuguesa, corresponde a las autoridades competentes de esta entidad federal, en este caso a la Secretaría del Poder Popular para el Desarrollo Económico, con fundamento en las normas del artículo 164, numeral 5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público.

La extracción y aprovechamiento minero, controlado, de materiales no metálicos, producto de la canalización con desalojo de sedimentos de tramos del cuerpo de agua, son bienes del dominio público, tomando en consideración que los minerales no metálicos son bienes del dominio público conforme al artículo 12 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuya competencia corresponde a los estados, según  el servidor público.

Para cumplir con esos trabajos, se cuenta con el apoyo de la empresa privada, como  Inversiones Gravinca C A,  Arenera y Constructora Gil CA y Arenera Valera CA, quienes están prestando el apoyo con la maquinaria, y así cumplir con el lapso propuesto para esas labores.

Ese plan se lleva a cabo  a fin de evitar deterioro en los venideros periodos de lluvias, con labores de limpieza del material vegetal, que además se extenderá a otras locaciones requeridas en todo el estado Portuguesa,  para garantizar la integridad y el buen vivir de los habitantes de este importante estado Portuguesa.

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